San José, 19 de julio, 2016. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) liberó una campaña en redes sociales para apoyar las medidas implementadas por el Ministerio de Justicia y Paz de Costa Rica para reducir el hacinamiento penitenciario.
Por otro lado, la CIDH criticó el uso excesivo de la prisión preventiva, denunció la presión mediática para utilizar la prisión como solución a los problemas de la seguridad ciudadana, así como la presión que reciben los jueces que utilizan medidas cautelares en libertad.
Mediante seis imágenes en redes sociales, difundidas entre el 13 de julio y este lunes, el alto organismo internacional ha posicionado la situación carcelaria costarricense y ha emitido una serie de recomendaciones sobre las condiciones en las que se encuentra recluida la población privada de libertad.
Este es el posicionamiento que sobre distintos temas ha tenido la CIDH:
Uso prolongado de la prisión preventiva
El uso no excepcional y prolongado de la prisión preventiva produce hacinamiento en los centros penales. Durante nuestra visita en febrero de este año a Costa Rica, recibimos información sobre el uso irracional de la prisión preventiva como solución a los problemas de criminalidad. El 18% de la población penal de este país se encuentra en prisión preventiva.
La prisión preventiva debe tener carácter estrictamente excepcional y su aplicación debe adecuarse a los principios de legalidad, razonabilidad, necesidad y proporcionalidad.
Recomendamos al Estado costarricense que incorpore el uso excepcional de la prisión preventiva como un eje de sus políticas criminales y de seguridad ciudadana y que evite respuestas de endurecimiento de los sistemas penales ante demandas de seguridad ciudadana.
Presión mediática sobre las penas de prisión
Recibimos información sobre la presión que medios de comunicación y opinión pública de Costa Rica ejercen para que los problemas de seguridad ciudadana en el país sean enfrentados con la aplicación de penas privativas de libertad.
El uso racional de las medidas cautelares no privativas de libertad no riñe con los derechos de las víctimas ni constituye una forma de impunidad. Afirmar lo contrario es desconocer la naturaleza y propósitos de la detención preventiva en una sociedad democrática.
Costa Rica debe incorporar el uso excepcional de la prisión preventiva como un eje de sus políticas criminales y evitar el endurecimiento de los sistemas penales ante demandas de seguridad ciudadana.
Condiciones de infraestructura carcelaria
Observamos con suma preocupación las precarias condiciones de infraestructura y salubridad en algunos centros penitenciarios en Costa Rica.
Durante nuestra visita en febrero, constatamos la falta de privacidad en el uso de servicios sanitarios, la total ausencia de espacios para guardar objetos de tipo personal y recibimos quejas de falta de atención médica, en particular sobre la demora y falta de servicios dentales en centros penitenciarios costarricenses.
Esfuerzos por reducir el hacinamiento
Entre 2010 y 2014, 9.422 personas privadas de libertad fueron trasladadas a un régimen semiabierto en Costa Rica. Durante este período, únicamente el 2.1% del total de personas beneficiadas con este tipo de programa ingresaron de nuevo a un centro penitenciario por la comisión de una conducta ilícita.
En febrero de este año, el Ministerio de Justicia y el Poder Judicial celebraron un convenio para impulsar la aplicación de medidas alternativas a la privación de libertad.
Valoramos estos esfuerzos para reducir el hacinamiento penitenciario en Costa Rica, y llamamos al Estado a garantizar que sus normas internas se ajusten a estándares internacionales sobre los derechos de las personas privadas de libertad.
Limitaciones en programas de readaptación
Nos preocupan las deficiencias y limitaciones en los programas de readaptación social en algunos centros penitenciarios en Costa Rica.
Durante nuestra visita en febrero, constatamos que solo un bajo porcentaje de la población carcelaria tiene acceso a este tipo de programas. La falta de trabajo fue referida en forma reiterada por las personas privadas de libertad como una de sus mayores inconformidades con el régimen de los centros penitenciarios.
Presiones sobre jueces que no imponen prisión
Recibimos información sobre autoridades judiciales que enfrentan procesos disciplinarios por aplicar medidas alternativas a la prisión preventiva en Costa Rica.
Recordamos que el uso racional de medidas cautelares no privativas de la libertad, de acuerdo con principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, no riñe con los derechos de las víctimas ni constituye una forma de impunidad.
Recomendamos al Estado costarricense que incorpore el uso excepcional de la prisión preventiva como un eje de sus políticas criminales y de seguridad ciudadana y que evite respuestas de endurecimiento de los sistemas penales ante demandas de seguridad ciudadana.