La Contraloría General de la República (CGR) rechazó un recurso de apelación que cuestionaba la adjudicación que realizó el Ministerio de Justicia y Paz a la Empresa de Servicios Públicos de Heredia para el suministro de los dispositivos electrónicos alternativos a la prisión.
En la resolución N.° R-DCA-895-2016, del 4 de noviembre del 2016, el ente contralor rechazó por inadmisible el recurso planteado por la empresa ADC Móvil CRI S. A., al señalar que el procedimiento de contratación directa desarrollado por este Ministerio con un ente de derecho público –la ESPH–, no es impugnable ante la CGR, por lo cual, además, se rechazó un incidente de nulidad que planteó la misma empresa privada.
De esa forma, la contratación N.° 2016CD-000097-0006900001 adquirió firmeza y se espera que, a partir de enero del 2017, comience a funcionar con unas 100 personas a quienes los jueces del Poder Judicial les arresto domiciliario.De acuerdo con el cartel de la contratación la ESPH deberá cumplir con 172 especificaciones técnicas, entre ellas, aportar los manuales de operatividad técnica del servicio, un centro de monitoreo 24/7, el software de transmisión en tiempo real de la ubicación de todos los dispositivos, los protocolos de captura y su funcionalidad con los cuerpos de Policía.
En el caso de los dispositivos, no deberán pesar más que 180 gramos, tener una apariencia discreta, materiales hipoalergénicos, emitir señales de alarma en caso de corte, ruptura o batería baja, ser a prueba de golpes, agua y humedad, contar con una batería que dure 24 horas con un tiempo de carga no mayor a dos horas y disponer de dos tarjetas SIM, don operadoras telefónicas distintas, para asegurar la redundancia en la cobertura de la información.
De igual forma, el dispositivo debe recolectar las coordenadas geográficas y transmitir la señal de posicionamiento global (GPS) por medio de una conexión vía red de datos a la central de monitoreo de forma permanente.
Actualmente, la Ley de Mecanismos Electrónicos de Seguimiento en Materia Penal (N.° 9271) establece supuestos muy reducidos para utilizar los brazaletes, por ejemplo, solamente concede al Poder Judicial la posibilidad de otorgarlos, sin que el Ministerio de Justicia y Paz pueda hacer uso de esta herramienta para combatir, efectivamente, el hacinamiento.
Por esa razón, este Ministerio presentó ante la Asamblea Legislativa el proyecto de ley N.° 20.130 denominado “Ley de mecanismos de vigilancia electrónica en materia penal” para fortalecer la legislación vigente.