Llamadas constantes a familiares, cobrando deudas por tarjetas de crédito o electrodomésticos que usted tiene pendientes… ¿Le suena conocido? Esa es la realidad que viven muchos costarricenses y que tiene solución. Si usted es uno de ellos, usted puede prohibir a esas entidades o comercios que realicen dichas llamadas.
La Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prodhab) brinda la opción en línea para que el afectado pueda hacer la solicitud correspondiente.
“La agencia tiene como objetivo la protección de derechos fundamentales que la Constitución prevé, entre ellos el derecho a la autodeterminación informativa, consentimiento informado, el derecho a la intimidad y ciertamente ha habido algunos casos en donde personas se sienten de alguna manera acosadas por llamadas de entidades financieras en razón de temas crediticios”, afirmó Mauricio Garro, director de la entidad.
Garro explicó que el usuario puede hacer uso de este servicio en el momento en que se sienta acosado por alguna entidad bancaria y lo único que necesita es algún tipo de prueba, como el registro de llamadas, el número de cédula y llenar el formulario que está colgado en la página web de Prodhab para después presentarlo en las oficinas ubicadas en el Registro Nacional en Zapote.
“Si considera que de alguna manera se le está violando su derecho a la intimidad, puede acudir a la agencia y plantear una denuncia que es tramitada por vía de lo que establece la ley y el reglamento. El procedimiento es muy amigable (…) la persona completa el formulario que se le facilita mediante esa vía, la prueba que quiera aportar lo mejor posible, los elementos probatorios de mayor peso y si la agencia considera que se cumplen los requisitos, le da un traslado de cargos a la entidad que es denunciada”, explicó Garro.
Otro medio probatorio es la gestión que hace la persona ante la entidad o el negocio que considere que lo esté acosando, el documento donde se pide cesar las llamadas también es importante y le da un valor agregado a la denuncia.
El director indicó que esta prohibición se le dará solamente a la entidad o al comercio ante el cual se esté presentando la denuncia, y que por lo general, el trámite dura menos de tres meses.
“Uno de los propósitos de la creación de la agencia es con el tiempo, intentar crear una cultura de control de este tipo de manejos, pero eso se produce con el tiempo, que la gente adquiera la cultura y las entidades de todo tipo de un manejo apropiado de los recursos para exigir el pago de una deuda”, añadió el funcionario.
Una vez planteada la denuncia, Prodhab pide a la entidad presentar un informe de la deuda con las pruebas correspondientes para determinar así si aplica la supresión de información y el cese de las llamadas.
En setiembre del 2012, Citi Bank fue condenado a pagar cuatro millones de colones, a una persona que interpuso una demanda por las constantes llamadas que recibía en donde le ofrecían tarjetas de crédito.
El Reglamento sobre Medidas de Protección de la Privacidad de las Comunicaciones; específicamente en el artículo 33 del capítulo IV, establece que las entidades pueden ofrecer servicios siempre y cuando el usuario esté de acuerdo.
“Llamadas no solicitadas para fines de venta directa. Las llamadas no solicitadas por los abonados con fines de venta directa, que se efectúen mediante sistemas que no sean automáticos no podrán efectuarse, salvo las dirigidas a aquellos que hayan manifestado su deseo de recibir dichas llamadas”, dice el artículo.
Asimismo, el Reglamento para Tarjetas de Crédito y Débito, creado por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) es claro en decir en su capítulo XI, artículo 35, que “las entidades financieras, abogados, gestores o agencias de cobranza, para llevar adelante las gestiones de cobro, deberán hacerlo directamente con el deudor y sus fiadores. No se podrá realizar dicha gestión con personas distintas a las ya indicadas. Tampoco podrán utilizar prácticas de acoso y hostigamiento para el cobro de las acreencias”.
Fuente: crhoy.com